El seguro imprescindible ante
la desprotección económica del autónomo

La gran mayoría de autónomos, profesionales, emprendedores, trabajadores freelance y profesiones liberales se encuentra totalmente desprotegida en caso de tener una baja profesional por una Incapacidad Laboral Transitoria (ILT), ya sea por accidente o enfermedad.
Sus ingresos se reducen de forma considerable:

Primer mes:
Durante el primer mes de baja laboral, la prestación pública por incapacidad temporal es de 566,67€.
Meses posteriores:
En los meses posteriores de baja laboral, la prestación pública por incapacidad temporal es de 720,45 €.
Los ingresos totalmente insuficientes para hacer frente a las necesidades personales y familiares, por un lado, y a las necesidades profesionales, por otro lado.
Garantiza tus ingresos con un subsidio diario
El seguro Baja Profesional proporciona un subsidio diario para complementar la prestación pública y garantizar así los ingresos durante el periodo de inactividad provocado por un accidente o una enfermedad.
Necesidad de
complementar
con el seguro
Baja Profesional
Ingresos mensuales
1.500 €
2.000 €
2.500 €
3.000 €
Necesidad complementar
900 €
1.500 €
1.800 €
2.400 €
Subsidio diario
30 € /día
50 € /día
60 € /día
80 € /día
A tu medida
Ofrece una gran flexibilidad para adaptarse a cada situación:
Contratación a partir de 16 años y hasta los 65 años.
Capital contratable hasta 200 €/día y hasta 100 €/día sin franquicias
Opción de franquicias voluntarias de 3, 7, 10, 15, 20 i 30 días.
Opción capital progresivo: el subsidio diario se va incrementando, según el periodo.
Sin reconocimiento médico previo para su contratación.
Carencia de 2 meses y sin carencia en las profesiones liberales.
Indemnización única de 20 días por parto (carencia 8 meses).
Dos modalidades
Modalidad cuya indemnización es por días naturales y está determinado por su baja efectiva, de modo que en incapacidades especialmente largas, que es cuando se pone en peligro la estabilidad económica personal y profesional del autónomo, la cobertura está garantizada, hasta los 365 días.
La indemnización a recibir se conoce de forma anticipada, ya que se sabe desde el primer momento, al estar determinada por un baremo que recoge el número de días de incapacidad laboral por cada situación.
Compleméntalo con Hospitalización

Opción de recibir una indemnización complementaria, en caso de:
Es una manera de hacer frente a los gastos adicionales que genera una hospitalización, como los honorarios médicos, medicamentos, desplazamientos, apoyo familiar, etc.
Ventajas fiscales
Los autónomos y profesionales que estén con el régimen de estimación directa pueden deducirse hasta 500€ por persona para las primas de seguro de enfermedad pagadas por el contribuyente para su propia cobertura.
La deducción de 500 € por persona también es extensible al resto de miembros de su unidad familiar (cónyuge y la de sus hijos) para las primas de seguro de asistencia sanitaria.
La Incapacidad Permanente, la otra gran desprotección económica del autónomo
Otra gran desprotección es la pérdida de ingresos por Incapacidad Profesional. Es una situación mucho menos habitual pero de un impacto negativo muy grande que requiere su cobertura mediante un seguro de accidentes.
Total
Absoluta
% Base SS
55%
100%
Prestación pública
528 € /mes
960 € /mes
En caso de Incapacidad Total, también conocida como la Incapacidad Profesional, la Seguridad Social considera que ya no se puede ejercer la actividad profesional, pero se puede ejercer otra actividad. Por eso la prestación pública es sólo por el 55% de la base de cotización (528 euros). A la pérdida inesperada de ingresos se añade la necesidad de reconvertirse profesionalmente (cambiar de actividad), con lo cual se hace imprescindible el Seguro de Accidentes y la Cobertura de Invalidez Permanente.
Ahora Vital Seguro permite contratar en un único producto y precio:

Recuerda que
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